POR IÑIGO LARRAMENDI
El pasado martes 18 de noviembre, en la información publicada en DIARIO DE NOTICIAS DE ALAVA acerca de la votación en el Congreso de los Diputados de la incorporación del Condado de Trebiñu a Araba, se indicaba que “el enclave aún castellano fue fundado en el ya lejano año de 1160”.
El pasado martes 18 de noviembre, en la información publicada en DIARIO DE NOTICIAS DE ALAVA acerca de la votación en el Congreso de los Diputados de la incorporación del Condado de Trebiñu a Araba, se indicaba que “el enclave aún castellano fue fundado en el ya lejano año de 1160”.
Este dato no es correcto. Lo que sucedió en 1161 fue la concesión de fuero a Trebiñu por parte del rey Sancho VI el Sabio de Navarra, en el contexto de reorganización poblacional del sur de las Tierras de Álava, a las que aún quedaban varios siglos hasta constituirse en Provincia o Territorio Histórico.
El origen del Señorío (luego Condado) de Trebiñu está en el 8 de abril de 1366, cuando el rey de Castilla Enrique II de Trastámara lo crea en favor de los Manrique de Lara, una de las más ilustres familias castellanas, para asegurar su apoyo en el contexto de la guerra civil castellana entre Pedro I “el Cruel” y el mencionado Enrique II.
Y, no en vano, lo hizo a modo de “Estado colchón” frente al vecino Reino de Navarra, lindante al Este y el Sur -la actual Rioja Alavesa, entonces Sonsierra, formaría parte del reino navarro aún durante 100 años más- con el territorio del actual Condado. El motivo resulta evidente cuando, apenas 5 meses después (el 23 de septiembre), su contrincante Pedro I acuerda con el rey Carlos II de Navarra la devolución de los territorios conquistados a Navarra en 1200, Araba incluida. La posterior no inclusión de Trebiñu y Lapuebla en la formación de la Hermandad de Álava, germen de la actual Provincia, a partir de 1463, situó ya la cuestión en los parámetros actuales.
Vaya por delante que no pretendo decir con esto, en absoluto, que los argumentos históricos deban ser los principales en todo este debate. Simplemente que YA lo son en la argumentación de quienes de manera obstinada pretender arrogarse una suerte de “derecho divino” sobre los habitantes del enclave, y que no parece muy inteligente regalarles un argumento tan burdo por presunto desconocimiento.
Y es que, como medio para la ocupación del territorio vasco, nació esa “anomalía histórica” que es el Condado de Trebiñu, y a tal fin sigue respondiendo hoy, 648 años después. Por cierto, no conozco ningún ocupante que en su legislación contemple las vías jurídicas para poner fin a su ocupación. ¿Ustedes sí? Piensen sobre ello….
Fuente: Martin Ttipia